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Qué son las notificaciones electrónicas de la SCBA

Las notificaciones y presentaciones electrónicas de la SCBA son el sistema de domicilio electrónico de la Justicia de la Provincia de Buenos Aires. Aquí te explicamos qué son, para quién, cómo corren los plazos y cómo se relacionan con la MEV.

Actualizado: 18 de agosto de 2026

¿Qué son las notificaciones y presentaciones electrónicas?

Las notificaciones y presentaciones electrónicas son el sistema con el que la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires (SCBA) reemplazó el papel en la comunicación entre los juzgados y las partes de un juicio. En lugar de la cédula en papel que un oficial notificador llevaba al domicilio, la notificación llega a un domicilio electrónico constituido en el sistema.

El sistema tiene dos caras. Por un lado, las notificaciones: las cédulas y comunicaciones que el juzgado dirige a las partes. Por el otro, las presentaciones electrónicas: los escritos que los profesionales presentan en el expediente sin ir a la mesa de entradas. Todo queda registrado con fecha y hora en el sitio oficial notificaciones.scba.gov.ar. En la práctica lo vas a ver nombrado también como PyNE (por Presentaciones y Notificaciones Electrónicas).

¿Para quién es? El domicilio electrónico

A diferencia de la MEV, que cualquier ciudadano puede usar para consultar, el sistema de notificaciones está pensado para los profesionales que actúan ante la Justicia bonaerense: abogados, procuradores, peritos y demás auxiliares de la justicia, además de los propios organismos.

Cada uno de estos profesionales constituye un domicilio electrónico, que es la dirección oficial donde recibe las notificaciones de todas sus causas. Ese domicilio tiene el mismo valor legal que el antiguo domicilio constituido en papel: lo que llega ahí se considera válidamente notificado. Por eso la ley obliga a constituir domicilio electrónico a quien interviene en un proceso, y para quien litiga revisar ese buzón con frecuencia dejó de ser una opción y pasó a ser una obligación práctica.

Qué puede hacer un ciudadano y qué es solo para profesionales
Cualquier ciudadano puede
  • Consultar el estado de su causa en la MEV
  • Ver la carátula, la dependencia y las actuaciones
  • Registrarse gratis, sin ser abogado
Reservado a los profesionales
  • Recibir cédulas en un domicilio electrónico
  • Presentar escritos en el expediente
  • Firmar con certificado de firma digital

Cómo se accede y qué hace falta para operar

El acceso es a través del sitio oficial notificaciones.scba.gov.ar. Para consultar y recibir notificaciones, el profesional entra con sus credenciales habilitadas por la SCBA. Para presentar y firmar escritos hace falta más: un certificado de firma digital —emitido por la propia SCBA o por otra autoridad certificante habilitada— que suele guardarse en un token, más el componente de firma que el sistema indique instalar.

Una vez dentro, el profesional consulta las notificaciones recibidas, descarga las cédulas y presenta sus escritos adjuntando las copias digitales. Cada presentación pasa por distintos estados hasta quedar incorporada: típicamente aparece como pendiente mientras el organismo la revisa, recibida cuando la acepta, observada si la devuelve con una objeción, y diligenciada cuando la notificación se cursó a su destinatario. Los formatos admitidos, los tamaños de archivo y los pasos de habilitación los define la SCBA y pueden cambiar, así que conviene verificarlos en el sitio oficial antes de operar.

Tipos de notificación electrónica

No todas las notificaciones funcionan igual. Conviene distinguir los tipos, porque de eso depende cuándo te enteras y cuándo empieza a correr el plazo:

  • Por cédula (a pedido de parte): el juzgado o la contraparte libra una cédula al domicilio electrónico. Es la notificación "clásica", ahora digital, para los actos que la ley manda notificar de forma expresa.
  • Urgente: algunas cédulas se cursan con carácter urgente y tienen un plazo más breve para tenerse por notificadas. El plazo exacto lo fija la normativa; no conviene guiarse por versiones de terceros.
  • Automática o "ministerio legis": ciertas resoluciones de mero trámite se tienen por notificadas solas, sin cédula, los días de nota que fija el Código Procesal (tradicionalmente, martes y viernes hábiles). Aunque nadie las haya mirado, quedan notificadas.

La consecuencia práctica es la misma en todos los casos: no siempre va a llegar una cédula que te avise. Por eso, quien litiga revisa el expediente con una rutina y no espera a que "aparezca algo" en el buzón.

El circuito de una notificación electrónica
El juzgado resuelveDicta un despacho o una resolución
Se libra la cédulaVa a tu domicilio electrónico
Queda en el buzónDisponible para abrir y leer
Se perfeccionaAl abrirla, o de forma ficta al vencer
Corre el plazoEmpieza a contar el plazo procesal
Qué es una notificación ficta Una notificación ficta es la que la ley considera perfeccionada de forma automática, aunque la parte no la haya leído. En el domicilio electrónico, una vez que la cédula queda disponible, se tiene por notificada al cabo de cierto plazo, corra o no el destinatario a abrirla. De ahí la importancia de revisarlo seguido: los plazos procesales empiezan a correr igual. Los plazos exactos los fija la normativa procesal de la provincia; consúltalos en el sitio oficial de la SCBA, porque no conviene guiarse por versiones de terceros.

Cuándo empieza a correr el plazo

Perfeccionada la notificación (porque la abriste o porque venció el plazo y quedó ficta), arranca el plazo procesal para actuar: contestar, apelar, cumplir una intimación. Como regla general, ese plazo no empieza el mismo día, sino a partir del día hábil siguiente, y se cuenta en días hábiles judiciales, no corridos.

  • Días hábiles, no corridos: los fines de semana y los feriados no cuentan para el plazo.
  • La feria judicial suspende: durante la feria judicial, los plazos se detienen y se retoman cuando se reanuda la actividad.
  • El día de gracia: muchos escritos pueden presentarse válidamente dentro de las primeras horas hábiles del día siguiente al vencimiento. Es una tolerancia acotada, no un día más.

El cómputo exacto —cuántos días, desde cuándo, con qué tolerancia— lo fija el Código Procesal de la provincia y cambia según el tipo de acto. Confírmalo siempre en la normativa oficial o con tu abogado: un error de días en un plazo puede costar un derecho, y esto no es un dato para dejar librado a la memoria.

Relación con la MEV

Es fácil confundir los dos sistemas de la SCBA, pero cumplen funciones distintas y complementarias. La MEV sirve para consultar el estado de las causas: la usa cualquier ciudadano registrado para ver los movimientos. Las notificaciones y presentaciones electrónicas sirven para comunicar y presentar: las usan los profesionales para recibir cédulas y subir escritos.

En la práctica se apoyan en el mismo entorno de la SCBA y suelen compartir credenciales, de modo que un abogado consulta la causa en la MEV y gestiona sus notificaciones y escritos en el sistema de notificaciones. Para el ciudadano que solo quiere seguir su causa, la MEV es la puerta de entrada; el sistema de notificaciones es la herramienta de trabajo de su abogado.

Los errores que se pagan caro Los tropiezos más caros con las notificaciones electrónicas no son técnicos, son de calendario: no revisar el domicilio y que un plazo corra igual por una notificación ficta o automática; contar mal los días (hábiles en vez de corridos, o al revés); u olvidar la feria judicial. Ante cualquier duda sobre un plazo, revisa el expediente y confírmalo en la fuente oficial o con tu abogado antes de que venza.
Si no eres profesional ¿No eres profesional pero quieres estar al día con tu expediente? No necesitas el sistema de notificaciones: alcanza con consultar la MEV cada tanto o apoyarte en nuestra guía para seguir un expediente y no perderte un movimiento.

Preguntas frecuentes

¿Qué son las notificaciones electrónicas de la SCBA?
Son el sistema con el que la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires reemplazó la cédula en papel por una notificación en un domicilio electrónico. Incluye también las presentaciones electrónicas, es decir, los escritos que los profesionales suben al expediente desde notificaciones.scba.gov.ar.
¿Quién usa las notificaciones y presentaciones electrónicas?
Principalmente los profesionales que actúan ante la Justicia bonaerense: abogados, procuradores, peritos y otros auxiliares de la justicia, además de los organismos. Cada uno constituye un domicilio electrónico donde recibe las notificaciones de sus causas.
¿Un ciudadano común recibe notificaciones electrónicas de la SCBA?
Por lo general no: el domicilio electrónico lo constituyen los profesionales que representan a las partes. Si eres parte de un juicio y quieres seguirlo por tu cuenta, la vía es consultar la MEV, no el sistema de notificaciones.
¿Qué es una notificación ficta?
Es la notificación que la ley da por realizada de forma automática, aunque la persona no la haya leído. Una vez que la cédula queda disponible en el domicilio electrónico, se tiene por notificada al cabo de cierto plazo. Los plazos exactos los fija la normativa procesal de la provincia; verifícalos en el sitio oficial.
¿Qué es una notificación automática o "ministerio legis"?
Es la que ocurre sola, sin cédula, para ciertas resoluciones de mero trámite: se tienen por notificadas los días de nota que fija el Código Procesal (tradicionalmente, martes y viernes hábiles), aunque nadie las haya mirado. Por eso conviene revisar el expediente con una rutina y no esperar siempre una cédula. Los supuestos y días exactos los define la normativa provincial.
¿Cuándo empieza a correr el plazo de una notificación electrónica?
Como regla general, el plazo procesal empieza a contar a partir del día hábil siguiente a que la notificación quedó perfeccionada, y se cuenta en días hábiles judiciales (la feria judicial los suspende). El cómputo exacto lo fija el Código Procesal de la provincia y conviene confirmarlo en el sitio oficial o con tu abogado, porque un error de días puede costar un derecho.
¿Cómo se accede al sistema de notificaciones de la SCBA?
Desde el sitio oficial notificaciones.scba.gov.ar, con las credenciales habilitadas por la SCBA. Según la operación puede requerirse un certificado de firma digital que da validez a las presentaciones firmadas. Los requisitos técnicos los define la SCBA y conviene verificarlos allí.
¿Qué necesito para firmar una presentación electrónica?
Un profesional necesita un certificado de firma digital habilitado (emitido por la SCBA o por otra autoridad certificante), que suele ir en un token, más el software que el sistema pida para firmar. Con eso presenta escritos y adjunta copias en el expediente sin ir a la mesa de entradas. Los requisitos técnicos exactos los publica la SCBA.
¿Qué diferencia hay entre las notificaciones electrónicas y la MEV?
La MEV sirve para consultar el estado de las causas y la usa cualquier ciudadano registrado. Las notificaciones y presentaciones electrónicas sirven para recibir cédulas y presentar escritos y las usan los profesionales. Comparten el entorno de la SCBA, pero cumplen funciones distintas.
¿Listo para consultar?

El sistema de notificaciones y presentaciones electrónicas es para profesionales habilitados. Ingresa con tus credenciales de la SCBA.

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